Libertad de Enseñanza ¿Libertad para quién?. Taller de Formación para Actores Educativos

Libertad de Enseñanza ¿Libertad para quién?. Taller de Formación para Actores Educativos

El pasado jueves 30 de septiembre el Foro por el Derecho a la Educación Pública, coalición de organizaciones de bases educativas y sociales de Chile, realizó un Taller de formación para actores educativos denominado “Libertad de Enseñanza ¿Libertad para quién?, dando inicio a un ciclo de talleres dentro de la Campaña por el Derecho a la Educación Pública como un derecho humano social y fundamental, para responder a la siguiente pregunta ¿Qué argumentos construimos como movimiento social que nos permita alterar esta realidad en beneficio de las mayorías?

Lo anterior surgió a partir de la necesidad de los actores educativos en formarse sobre este tema, como también para lograr puntos comunes a raíz del intenso debate (a través de los medios) sobre el concepto de “libertad de enseñanza” desplegado por organismos que agrupan a los dueños de colegios, fundaciones empresariales, centros de estudios de la elite y a los grandes medios de prensa, para instalar en la opinión pública la defensa de sus intereses, representados en el principio de “libertad de enseñanza”.

La “libertad de enseñanza”, tal como está formulada en la constitución actual, en 30 años ha precarizado el sistema de educación pública, y ha permitido la consolidación de la oferta privada, que cubre casi el 70% de la matrícula. A pesar de esto, en la defensa irrestricta de este llamado “derecho” se han pronunciado enérgicamente las llamadas “dos derechas” de este país. La derecha más reaccionaria y conservadora y la llamada derecha liberal, que tras un discurso “progresista” y tecnocrático, termina siempre defendiendo la reproducción del status quo.

Por su parte, la derecha conservadora defiende la libertad de enseñanza como única forma de asegurar el derecho a la educación. Para este sector, la familia es el valor fundamental. El fin esencial de esta es formar a los hijos, y transmitirles los valores, creencias, cultura y conocimientos que van dando forma a la sociedad en que viven. La escuela es auxiliar a este proceso.  Para ellos, la libertad de enseñanza y el derecho preferente de los padres a educar a sus hijos es la forma de asegurar la reproducción de la sociedad, a través de la familia. Por otro lado, la otra derecha, la liberal, señala que el Derecho a la Educación y la libertad de enseñanza son compatibles. No hay argumento técnico, ni económico contra la libertad de enseñanza así como está en nuestro actual marco constitucional. Ni evidencia de que ha significado un perjuicio al sistema educativo chileno. Incluso si hay negocio, económicamente un bien es público si da beneficios a todos.

En la instancia participaron más de 80 actores educativos, además de la provocación que realizaron  Jesús Redondo (Observatorio Chileno de Políticas Educativas) y Miguel Zárate (Instituto Chileno de Derecho Educacional), quienes abordaron las siguientes preguntas: ¿Cuál es la relación entre derecho a la educación y libertad de enseñanza? ¿Cuál es el significado que debe tener la libertad de enseñanza y cual son sus límites?

Miguel Zarate enfatizó que “la libertad de enseñanza desde el derecho internacional (PISDEC, Derecho del Niño) debe respetar los principios del derecho humano a la educación y debe respetar las normas mínimas del Estado, estas últimas basadas en los principios democráticos, de no discriminación, igualdad de oportunidades y participación real de todos en la sociedad”. Agregó que “… la idea de crear establecimientos educacionales responde a la idea de la creación de proyectos educativos institucionales, no con negocios ni ganar dinero, para asegurar diversidad de enseñanzas … y se relaciona con la libertad de cátedra, situación que en Chile no existe bajo la inexistente democracia de los sostenedores privados” y que “las normas internacionales no establecen el derecho a los padres a educar, establece el derecho de los padres a elegir el establecimiento (educacional) para sus hijos”.

 Jesús Redondo recalcó que “el derecho a la educación es un derecho humano y social, que es responsabilidad de los Estados, debe ser universal y contiene todas las normas de derechos humanos internacionales, a lo largo de la vida, habilitante, trascendiendo lo que es la mera escolaridad, y requiere la participación de todos los que están involucrados en la educación y financiado adecuadamente (garantizado) por los Estados por son su responsabilidad, no de los padres”. Él mismo señaló que “la libertad de enseñanza es un derecho que debe ser respetado por los Estados, que es distinto que deba ser financiado por los Estados, no es ninguna obligación internacional financiar la libertad de enseñanza, además con la restricción de que se cumplan los derechos humanos y derechos fundamentales de cada Estado, es decir, puede poner condiciones a esa libertad de enseñanza”. Cerró su exposición remarcando que “la libertad de enseñanza incluye al menos tres derechos: la libertad de cátedra, que no está incluida en la (actual) Constitución chilena; la libertad de elección de los padres; y la libertad de crear y sostener establecimientos educativos. Son la tres en simultáneo. En ese sentido hay unos límites a la libertad de enseñanza que son los derechos humanos y los derechos fundamentales que deben ser siempre garantizados, y están por encima de esta libertad de enseñanza en su triple dimensión… es decir en caso de conflictos de intereses prevalece siempre el derecho a la educación con todas sus notas, no discriminación, asegurar la escolaridad, la calidad, la multiculturalidad, la equidad de género, entre otras”.

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Para ver el Taller completo:

– Foro por el Derecho a la Educación Pública: https://www.youtube.com/watch?v=SL3UfcrCCqg

– Alerta educativa:  https://www.youtube.com/watch?v=9XdrfnhXbJc&ab_channel=AlertaEducativa

Sitio Web del Foro: www.derechoeducacionpublica.cl

Otras informaciones asociadas: http://derechoeducacionpublica.cl/fodep-nacional-el-derecho-a-la-educacion-como-un-derecho-social-fundamental-y-habilitante-de-otros-derechos-2018/

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